Ciudad de México – Como parte de la reforma a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a la Ley General de Protección de Datos Personales que ratifican la extinción del INAI, ahora los recursos de revisión a las solicitudes de información serán resueltos por un órgano desconcentrado de la Secretaría de Anticorrupción y de Buen Gobierno, denominado “Transparencia para el Pueblo”.
La iniciativa presidencial, que fue turnada este jueves al Senado, establece que los derechos de acceso a la información pública, y los recursos de revisión, es decir, las inconformidades a las respuestas de solicitudes de información, serán atendidos y resueltos por órganos administrativos de los tres Poderes de la Unión.
En el caso de la información de partidos políticos, corresponderá al Instituto Nacional Electoral (INE) atender y resolver las inconformidades, y en el caso de las peticiones a autoridades estatales y municipales serán atendidas por órganos internos de vigilancia.
Se trata de la reforma para la creación del llamado “INAI del Pueblo”, como anunció hace unas semanas la Secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro.
Dichos órganos asumirán la labor que, de manera sustantiva, realizaba el INAI y los 32 institutos estatales de transparencia, que también desaparecerán.
En el ámbito federal, en lugar de ser un solo instituto, serán varias áreas, una por cada poder (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y por cada órgano autónomo.
En el caso del Ejecutivo será un órgano desconcentrado denominado Transparencia para el Pueblo.
Según el proyecto, la reforma al artículo 6 constitucional busca optimizar los recursos públicos, al realizar una simplificación a la estructura gubernamental extinguiendo al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“La armonización de la legislación secundaria a este nuevo modelo permitirá optimizar y fortalecer la capacidad del Estado para tutelar y garantizar el ejercicio de los derechos humanos de acceso a la información pública y protección de datos personales, sin que ello implique un derroche o gasto innecesario de los recursos públicos y que sea, a través de instituciones con las que ya se cuenta, las que garanticen dicho derecho”, indica la iniciativa.
Ahí se plantea la emisión de una nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y abrogar la Ley Federal, así como la emisión de una nueva Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados en sustitución de la Ley Federal.
Además, prevé una reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Los responsables
Estas son las autoridades garantes responsables de garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública:
* Un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en el ámbito federal, denominado Transparencia para el Pueblo.
* El órgano de control y disciplina del Poder Judicial de la Federación.
* Los órganos de control de los órganos constitucionales autónomos.
* Las contralorías del Congreso de la Unión.
* El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, por cuanto hace a los sindicatos, en atención a sus apartados.
* El Instituto Nacional Electoral, respecto a los partidos políticos.
* Las autoridades de control interno y vigilancia o equivalentes en los gobiernos de las entidades federativas, quienes conocerán también de los asuntos en materia de transparencia de sus municipios o demarcaciones territoriales, conforme a lo que establezcan sus respectivas leyes locales.
* Los órganos encargados de la contraloría interna u homólogos de los poderes legislativo y judicial, así como los órganos constitucionales autónomos, de las entidades federativas.
