Agencias – El Instituto Nacional Electoral (INE) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), establecieron las cláusulas de un convenio de colaboración con la finalidad de prevenir actos u operaciones que involucran recursos de procedencia ilícita y/o el uso indebido de recursos públicos en campañas electorales.

De acuerdo con el documento presentado, la UIF proveerá información de utilidad para los modelos de riesgo y procedimientos de investigación. Su finalidad es que el INE cuente con información adicional, en apoyo a las labores de fiscalización, para la rendición de cuentas, a la que se encuentran obligados los actores políticos respecto al uso y destino de los recursos que utilizan durante los procesos electorales.

Para el proceso de intercambio de información, la UIF enviará al INE los reportes y avisos, respecto de actos u operaciones que deben presentar los sujetos obligados, en términos de la normatividad aplicable. Ambas llevarán un procedimiento, donde el organismo electoral remitirá a Inteligencia Financiera un oficio, así como por correo electrónico institucional, la solicitud correspondiente. Ésta deberá contener el nombre completo, CURP, fecha de nacimiento o constitución.

En caso de que la UIF se encuentre en posibilidades de atender las solicitudes, el INE le proporcionará el padrón de los sujetos obligados y terceros relacionados, proveniente de padrones o de las personas físicas o morales que se encuentren vinculados con sus operaciones económicas y financieras en los procesos ordinarios, de agrupaciones políticas nacionales y de constitución de nuevos partidos políticos; padrón de candidatos y el listado de candidatos sujetos de quejas o procedimientos sustanciados por organismo electoral.

En un plazo de 15 días hábiles, la UIF entregará al INE, mediante oficio y en sobre cerrado, así como por correo electrónico oficial, la información correspondiente. Los datos derivados de esta información contendrán el detalle de las operaciones que efectúen las personas físicas y morales catalogadas de riesgo, detectadas con la propia metodología de los bancos, con los entes de la Administración Pública de los tres niveles de gobierno.

Asimismo, tendrá el detalle de los depósitos y retiros localizados en los reportes de operaciones relevantes; indicará el instrumento financiero utilizado y señalará si el instrumento financiero fue cobrado en ventanilla y/o transferido a otras cuentas. También dará detalle de operaciones inusuales que muestre el resumen de movimientos financieros por periodo, indicando la cuenta e institución bancaria, con la lista de personas relacionadas.

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