Ciudad de México – Agencia Reforma — En sesión privada, los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmaron las medidas cautelares ordenadas por el INE para que el presidente Andrés Manuel López Obrador cumpla con las limitaciones constitucionales en los temas que aborda en sus conferencias matutinas.

Asimismo, de acuerdo a información de fuentes electorales, los magistrados decidieron otorgar atribuciones a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE para que pueda actuar y ordenar suspender transmisiones si considera que están violando la veda electoral.

https://d-14125555102590861720.ampproject.net/2105150310000/frame.html La sentencia señala que se apercibe al titular del Ejecutivo Federal para que cumpla con las medidas cautelares y restricciones legales y que en caso de no hacerlo, la Comisión de Quejas y Denuncias podrá ordenar “de manera directa y sin trámite alguno” a cualquier concesionarias pública o privada que cese con la transmisión cuestionada.

De acuerdo a la resolución del tribunal, la Comisión del INE podrá ordenar el cese de la transmisión de cualquier espacio, programa, spot, material de audio o video que considere que violan las medidas cautelares ordenadas hace unas semanas por el organismo electoral federal.

Las medidas y atribuciones dadas a la Comisión durarán todo el periodo de la veda electoral, esto es, desde las 00:00 horas del jueves 3 de junio y hasta las 23:59 del domingo 6 de junio.

Las medidas ordenadas por el INE bajo el concepto “tutela preventiva”, vincularon al Presidente de la República abstenerse de difundir propaganda gubernamental y posicionamientos electorales por cualquier medio durante las campañas electorales y hasta el fin de la jornada electoral.

Esta decisión de la Comisión se realizó ante quejas del PAN sobre posicionamientos del Presidente en las conferencias y actos públicos entre el 5 de abril y 20 de mayo y el 26 de mayo.

Fue una decisión impugnada por el propio Presidente, Cepropie y Morena.

A Cepropie y a los concesionarios de radio y televisión se les ordena que se abstengan de distribuir o difundir cualquier material que esté involucrado con esas medidas cautelares y que impliquen propaganda gubernamental no permitida.

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