17 de marzo de 2020

Chihuahua, Chihuahua.- El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, anuncio que ha decidido sumarse a las medidas de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), por el brote del nuevo coronavirus o Covid-19.

El Plan de Contingencia por Riesgo Epidemiológico de Gestión Ambiental del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, decreto adoptar las medidas con carácter de preventivo, con efecto inmediato y de manera provisional, las siguientes acciones:

Primero. – Se autoriza y exhorta, para que no se presenten a laborar y realicen sus funciones desde su domicilio, al personal del Poder Judicial del Estado que se encuentre en los supuestos que a continuación se exponen:

1.- Grupos vulnerables: mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, adultos mayores de sesenta años, personas con enfermedades crónico degenerativas;

2.- Personal que, por la naturaleza de sus funciones, esté en condiciones de trabajar a distancia desde sus domicilios;

3.- Personal que labore de manera adicional en áreas de atención a la salud, de atención al público y aeropuertos;

4.- Padres y madres de familia al cuidado de menores de edad que, por las propias medidas tomadas para atender la presente contingencia sanitaria, no estén acudiendo a sus actividades escolares y de cuidado;

5.- Personal que presente alguno de los síntomas reportados por la Organización Mundial Salud y Centros para el Control y Prevención de Enfermedades – CDC como COVID-19. Y, 6. Personal que haya estado fuera de territorio estatal y nacional durante los catorce días previos a la emisión de este acuerdo

Segundo. – Se suspende la atención al público de los Institutos de Justicia Alternativa y Defensoría Pública del Poder Judicial del Estado.

En el caso del Instituto de Defensoría Pública, únicamente se atenderá a aquellos usuarios que ya tengan asignado defensor público dentro de sus procesos en materias familiar y penal.

Tercero. – Se suspenden las labores del Centro de Convivencia Familiar Supervisada del Poder Judicial del Estado, en función de la condición vulnerable del grupo poblacional al que se atiende en dicho Centro (niñas, niños y adolescentes).

Cuarto. – Se exhorta a las juzgadoras y juzgadores en materias penal y civil para que, en la medida de lo posible, en función de las leyes aplicables, el desahogo de las audiencias se realice de manera privada.

Quinto. – Se exhorta a las y los titulares de todos los órganos del Poder Judicial para que acaten y tomen las medidas sanitarias y de prevención dispuestas por las autoridades correspondientes, a efecto de prevenir la contingencia de mérito, en el entendido de que las medidas adoptadas en el presente acuerdo obedecen a un aislamiento preventivo en virtud de una contingencia de salud mundial.

Por lo que respetuosamente se exhorta a salir de su domicilio únicamente en caso de ser necesario.

Sexto. – Comuníquese de manera inmediata a las áreas jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial del Estado de Chihuahua las presentes determinaciones.

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